RGIE · Artículo 4
Las cuotas que cobra la UANL son ingreso ordinario: qué dice el Artículo 4
Texto literal
Artículo 4.- Para efecto de esta normatividad, los Ingresos se clasifican en Ordinarios y Extraordinarios.
I. Ingresos Ordinarios: Se consideran ingresos ordinarios las aportaciones, subsidios y subvenciones que reciba la Universidad del Gobierno Estatal, Federal y Municipal, así como los derechos y cuotas, de servicios educativos para la enseñanza, de educación continua y de material didáctico, que por sus servicios recaude. Estos ingresos están sujetos al Reglamento del Patrimonio y demás disposiciones aplicables.
II. Ingresos Extraordinarios: Se consideran ingresos extraordinarios los intereses, dividendos, rentas, esquilmos, productos, aprovechamiento de los bienes muebles e inmuebles, bienes y servicios de investigación, desarrollo y transferencia de tecnología, asesoría y consultoría, servicios tecnológicos, derechos de autor, propiedad intelectual, patentes y marcas, publicaciones, servicios de atención para la salud, donativos y, en general, cualquier ingreso similar a los anteriores que generen las Dependencias para el cumplimiento de sus fines, así como cualquier otro tipo de utilidades que generen.
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Qué significa
El dinero que un estudiante paga por concepto de cuotas y derechos no es un pago informal ni un donativo: la propia normativa de la Universidad lo clasifica como ingreso ordinario, en la misma categoría que los subsidios que recibe del Gobierno Estatal y Federal.
De ahí se siguen dos consecuencias prácticas. La primera es que ese dinero queda sujeto al Reglamento del Patrimonio y demás disposiciones aplicables, es decir, a reglas de registro, resguardo y comprobación. La segunda es que las facultades no manejan esos recursos al margen del sistema: son ingresos de la Universidad, captados por la dependencia, y su ejercicio se documenta.
El artículo también nombra a la unidad que recauda: las Dependencias, que el propio Reglamento define como las facultades, preparatorias, institutos, departamentos y centros. FIME es una de ellas.
Las dos fracciones de este artículo fueron modificadas el 27 de noviembre de 2025, de modo que el texto vigente es reciente.